Derecho Penal. Ruíz León Abogados en Madrid

10 casos en los que se puede denegar la custodia compartida

denegar custodia compartida

Actualmente existen multitud de padres que exigen participar en mayor grado en la crianza y la educación de sus hijos. Algo que ha motivado que muchas comunidades autónomas lo establezcan como el modelo prioritario, incluso por delante de la custodia monoparental. Sin embargo, existen situaciones por las cuales un juez puede denegar la custodia compartida después de que se produzca un divorcio o una separación entre progenitores. En la decisión del profesional de la justicia siempre ha de primar el bienestar del menor.

Si no sabe los motivos por los que un juez puede denegar la custodia compartida, en este post le explicamos las 10 razones principales. ¡Continúe leyendo!

¿Cómo funciona la custodia compartida?

La custodia compartida se conoce como la situación legal mediante la cual, tras una separación o divorcio, ambos progenitores de uno o más niños menores de edad ejercen su custodia legal. Esta custodia se lleva a cabo en igualdad de condiciones en términos de deberes y derechos a través de un juez. La custodia compartida implica que los hijos convivan con ambos progenitores durante períodos alternos.

En los últimos años, tanto el Tribunal Supremo, como el Consejo General del Poder Judicial han dictaminado que el régimen de custodia compartida es el más normal y deseable. Por ello, ha invitado a las Comunidades Autónomas a adoptarlo como norma, dejando el monoparental simplemente como una excepción.

La custodia compartida no implica necesariamente un reparto exactamente igualitario del tiempo que los menores pasan con ambos progenitores. El objetivo de la custodia compartida es el ejercicio efectivo de una coparentalidad responsable.

¿En qué casos puede el juez denegar la custodia compartida?

La parte fundamental que valorará el juez siempre será la protección del menor, por lo tanto, se abogará por el interés de los niños a la hora de dictar sentencia.

Existen diferentes situaciones o causas por las que un juez puede denegar la custodia compartida:

1. Estilo de vida. El juez puede privar a un progenitor de la custodia compartida de un menor si ostenta un estilo de vida desorganizado que pueda afectar a la estabilidad emocional del niño y a su correcto desarrollo.

2. Desatención de cuidados necesarios, como, por ejemplo, la comida, la higiene, la escolarización obligatoria, la seguridad y la atención médica, entre otros.

3. Cambio de lugar de residencia. Si uno de los progenitores se muda y puede afectar a la estabilidad del menor se puede retirar la custodia compartida.

4. Excesiva distancia entre los domicilios de los progenitores. Si tras el divorcio entre progenitores, los domicilios de ambos se encuentran muy distantes, no será factible llevar a cabo la custodia compartida de los hijos. Pensemos que los niños deben tener un entorno más o menos próximo al centro escolar y a los lugares donde realizar sus actividades extraescolares. Las distancias excesivas obligarían a los niños a estar desplazándose continuamente para ir a uno u otro domicilio para acudir al colegio. Esto dependerá, además del tiempo, la zona geográfica y la facilidad de las comunicaciones o transportes, pero siempre hay que estudiar el supuesto concreto.

5. Horarios incompatibles. Si los progenitores tienen un horario laboral muy amplio, el cual los impida estar en el domicilio cuando se encuentren los hijos, no podrán ocuparse de ellos. Por ejemplo, en ocasiones, los turnos rotativos que incluyen mañanas, tardes y noches, sin previsión por parte de la empresa o con distribución diaria, impiden organizarse para estar al cuidado de los hijos. En determinadas profesiones se exige que los trabajadores viajen durante la semana y estén fuera del domicilio varios días. Ello supone que no podrán atender personalmente a los hijos.

6. Conducta violenta. Si uno de los progenitores tiene antecedentes penales por conducta violenta, la custodia será retirada.

7. Condena por violencia de género. Cuando un progenitor es condenado o, simplemente, acusado por violencia de género, no se establecerá la custodia compartida. Si finalmente se demuestra su inocencia y el progenitor es absuelto, éste tendrá el derecho a solicitar de nuevo la custodia compartida.

8. Problemas de adicción. Un juez puede denegar la custodia compartida si uno de los progenitores sufre alguna adicción que afecte a la capacidad de dedicación, al bienestar o a la seguridad del menor.

9. Necesidad médica de especial estabilidad. Algunos menores tienen circunstancias de salud que aconsejan una mayor estabilidad. La importancia del entorno o de que las rutinas diarias sean muy similares, pueden desaconsejar esta opción de custodia. Sin duda, en estos supuestos será determinante aportar los informes médicos que aconsejen las mejores condiciones para la situación del menor.

10. Lactantes. Cuando los hijos son menores de dos años no es habitual que se establezca la custodia compartida, salvo que esta situación se pacte de mutuo acuerdo entre los dos progenitores. Por lo general, es una edad en la que se depende mucho de la figura materna y es ella quien tendrá la custodia del menor.

Requisitos que hay que cumplir para obtener la custodia compartida

La custodia compartida se puede solicitar antes, durante o después del proceso de divorcio. En todos los casos, y en función de las características de cada caso concreto, la última palabra la tendrá el juez que esté a cargo del procedimiento.

Algunos de los requisitos que son tenidos en cuenta por los jueces a la hora de aceptar o denegar la custodia compartida son los que se encuentran a continuación:

El grado en el que cada uno de los progenitores ha participado en la crianza y educación de los menores.

La relación entre los padres. Este tipo de custodia implica que ambos progenitores mantendrán un contacto estrecho durante años. Por ello, es vital que exista respeto mutuo.

La capacidad que tenga cada progenitor para cuidar al menor. Ambos deben estar capacitados para asegurar el bienestar de los niños tanto en términos de asistencia, como de cuidados.

Si se trata de bebés muy pequeños, especialmente si son lactantes, tienen una fuerte dependencia de la madre. En esos casos, lo normal es adoptar un régimen de custodia progresivo durante un número determinado de años.

Si los niños son mayores de 12 años, lo normal es que el juez y su equipo técnico les den la palabra para averiguar cuáles son sus deseos.

El número de hijos. Los jueces suelen tener la prioridad de no separar nunca a los hermanos, sea cual sea la circunstancia.

La vivienda de cada progenitor. El objetivo es lograr la estabilidad del menor. Ambas deben ser suficientes para satisfacer las necesidades de los niños y no estar muy separadas entre sí.

La distancia de las viviendas con el centro escolar. De forma generalizada, los jueces suelen denegar este régimen de custodia si el domicilio de uno de los progenitores se sitúa a más de 30 kilómetros del centro escolar del menor y no existen entre ellos vías de comunicación adecuadas.

La custodia compartida no puede suponer en ningún caso la ruptura del menor con su entorno familiar, social y escolar.

La flexibilidad y disponibilidad laboral que brinda el trabajo a los progenitores para atender a sus hijos. Lo mismo sucede con el apoyo familiar al respecto.

Tras todo lo analizado anteriormente, se concluye que la custodia compartida puede ser una opción muy beneficiosa tanto para los menores, como para los progenitores, pero no siempre la mejor opción. El Tribunal Supremo lo ha calificado como la opción deseable, pero siempre habrá que analizar la realidad familiar anterior a la ruptura de la pareja y a la situación que se crea después de la misma. Solo de esta forma podremos conocer cuál es la mejor opción para el menor.

Es esencial estudiar cada caso concreto y determinar si las circunstancias familiares, la edad de los niños o la posibilidad de conciliación de los progenitores son las correctas para otorgar la custodia compartida, o si, por el contrario, existen factores que acrediten que es mejor la custodia individual.

Si necesita más información acerca del proceso o el juez le ha rechazado la custodia compartida de tus hijos, póngase en contacto con nosotros.

Contamos con un equipo de abogados especialistas en derecho de familia, los cuales te ayudarán y asesorarán durante todo el proceso, salvaguardando siempre el bienestar y estado del menor.

 

¿En qué podemos ayudarle?

Consulte con nuestros Abogados Madrid.

Contacte con nosotros
balanza justicia Ruiz Leon Abogados