En Ruiz León Abogados contamos con abogados expertos en tráfico de drogas y narcotráfico debido a que es un tipo de delito muy común. Las penas para este tipo de delitos pueden variar mucho, por eso, desde este despacho de abogados queremos explicarte todo sobre los abogados especializados en delitos de tráfico de drogas y el delito en sí mismo.
¿En qué consiste el delito de tráfico de drogas?
El delito de tráfico de drogas consiste en: "la ejecución de actos de cultivo, elaboración o tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, el favorecimiento del uso de estas sustancias o de su consumo ilegal, así como la posesión de las mismas con aquellos fines".
El delito de tráfico de drogas es uno de los delitos más comunes dentro de los delitos contra la salud pública y se castiga con importantes penas de prisión y multa en función de si se trata de sustancias que tienen la consideración de sustancias que causan grave daño a la salud o no y de las circunstancias concurrentes.
Nuestros abogados penalistas, expertos en derecho penal, cuentan con una amplia experiencia en delitos de tráfico de drogas y le asesorarán y asistirán desde el primer momento.
¿Cómo se regulan los delitos de tráfico de drogas o narcotráfico?
El Código Penal regula en los artículos 368 a 378, el delito de tráfico de drogas.
Las conductas típicas relacionadas con el tráfico de drogas comprenden, entre otras, las siguientes: su cultivo, fabricación, distribución, comercialización, transporte, posesión con esos mismos fines.
El tipo básico del delito de tráfico de drogas se regula en el artículo 368 del Código Penal y castiga con penas de prisión de 3 a 6 años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito, si se trata de sustancias o productos que causen grave daño a la salud y penas de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.
Modalidades agravadas del delito de tráfico de drogas
Además de la modalidad básica existen modalidades agravadas que se contemplan en los artículos 369 y 370 del Código Penal y que prevén penas de prisión y multas más importantes.
El artículo 373 del Código Penal castiga la provocación, la conspiración y la proposición para cometer estos delitos.
Artículo 369 del Código Penal:
Se impondrán las penas superiores en grado a las señaladas en el artículo 368 y multa del tanto al cuádruplo cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias:
• 1.ª El culpable fuere autoridad, funcionario público, facultativo, trabajador social, docente o educador y obrase en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio.
• 2.ª El culpable participare en otras actividades organizadas o cuya ejecución se vea facilitada por la comisión del delito.
• 3.ª Los hechos fueren realizados en establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados de los mismos.
• 4.ª Las sustancias a que se refiere el artículo anterior se faciliten a menores de 18 años, a disminuidos psíquicos o a personas sometidas a tratamiento de deshabituación o rehabilitación.
• 5.ª Fuere de notoria importancia la cantidad de las citadas sustancias objeto de las conductas a que se refiere el artículo anterior.
• 6.ª Las referidas sustancias se adulteren, manipulen o mezclen entre sí o con otras, incrementando el posible daño a la salud.
• 7.ª Las conductas descritas en el artículo anterior tengan lugar en centros docentes, en centros, establecimientos o unidades militares, en establecimientos penitenciarios o en centros de deshabituación o rehabilitación, o en sus proximidades.
• 8.ª El culpable empleare violencia o exhibiere o hiciese uso de armas para cometer el hecho.
Articulo 369 bis del Código Penal:
Cuando los hechos descritos en el artículo 368 se hayan realizado por quienes pertenecieren a una organización delictiva, se impondrán las penas de prisión de nueve a doce años y multa del tanto al cuádruplo del valor de la droga si se tratara de sustancias y productos que causen grave daño a la salud y de prisión de cuatro años y seis meses a diez años y la misma multa en los demás casos.
A los jefes, encargados o administradores de la organización se les impondrán las penas superiores en grado a las señaladas en el párrafo primero.
Artículo 370 del Código Penal:
Se impondrá la pena superior en uno o dos grados a la señalada en el artículo 368 cuando:
• 1.º Se utilice a menores de 18 años o a disminuidos psíquicos para cometer estos delitos.
• 2.º Se trate de los jefes, administradores o encargados de las organizaciones a que se refiere la circunstancia 2.ª del apartado 1 del artículo 369.
• 3.º Las conductas descritas en el artículo 368 fuesen de extrema gravedad.Se consideran de extrema gravedad los casos en que la cantidad de las sustancias a que se refiere el artículo 368 excediere notablemente de la considerada como de notoria importancia, o se hayan utilizado buques, embarcaciones o aeronaves como medio de transporte específico, o se hayan llevado a cabo las conductas indicadas simulando operaciones de comercio internacional entre empresas, o se trate de redes internacionales dedicadas a este tipo de actividades, o cuando concurrieren tres o más de las circunstancias previstas en el artículo 369.1
En los supuestos de los anteriores números 2.º y 3.º se impondrá a los culpables, además, una multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito.
¿A partir de cuántos gramos se considera tráfico de drogas?
Para poder identificar si se trata de un delito de tráfico de drogas o simplemente de tenencia para consumo propio la ley establece unas ciertas cantidades de sustancias que implican el delito. Estas sustancias se clasifican según la ley en drogas tóxicas, estupefacientes y psicotrópicos, dependiendo de si se catalogan en drogas duras o blandas en función del daño que puedan causar a la salud.
Para alegar consumo propio, se deberá acreditar la condición de adicto, implicando tal acreditación la presentación de análisis clínicos y reconocimiento médico.
El Instituto Nacional de Toxicología establece las cantidades que un adicto necesitaría para satisfacer dicha adicción. Estas cantidades implican el límite a partir del cuál la posesión se considera un delito de tráfico de drogas y son las siguientes:
- LSD: 3 miligramos
- Cocaína: 7.5 gramos
- MDMA: 1.4 gramos
- Anfetaminas: 0.9 gramos
- Marihuana: 100 gramos
- Hachís: 25 gramos
- Heroína: 3 gramos
¿Cuándo prescribe un delito de tráfico de drogas?
El tiempo que tardan los delitos de tráfico de drogas en prescribir dependerá de la gravedad de la pena impuesta. Por tanto, dependerá de las circunstancias de cada caso.
Por ejemplo, si se trata de un tipo básico según el artículo 368, el delito prescribirá a los 10 años o a los 5, depende de si se trata de sustancias que causan un grave daño a la salud o no, según lo dictado en el artículo 131 del Código Penal.
Abogados especialistas en delitos de tráfico de drogas
Como comentábamos, este tipo de delitos puede incurrir en penas graves, por lo que poder contar con un abogado especializado en delitos de tráfico de drogas es fundamental. Nuestros abogados expertos en delitos contra la salud pública conocen todos los procedimientos penales y se han formado para ayudarte en este tipo de delitos.
Nuestro trabajo en este tipo de situaciones implica el asesoramiento y la guía en estos procesos penales en materia de drogas y estupefacientes.
¿Cómo es el proceso cuándo contrata a un Abogado experto en delitos de tráfico de drogas?
Al ser detenido por un delito de tráfico de drogas, lo más recomendable es contactar a un abogado experto en esta materia lo antes posible. Una vez contactado, nuestros abogados en delitos de tráfico de drogas y narcotráfico procederán de la siguiente manera:
- Primera reunión y entrevista: en este punto el abogado se reunirá con el investigado para conocer bien el caso. Pasando posteriormente a realizar un estudio e investigación de los hechos.
- Estudio: en esta fase se analizarán todas las pruebas obtenidas contra el investigado. Estudiando cada evidencia para poder establecer la mejor estrategia de actuación.
- Estrategia: Tras el estudio y análisis minucioso de todas las pruebas, el abogado penalista diseñará junto con el cliente la mejor estrategia de defensa.
Una vez analizado todo, se establecerá el método de actuación. Toda información entre nuestros abogados de delitos de tráfico de drogas y el cliente será confidencial. Además, nuestros abogados compartirán toda la información con el acusado, y buscarán en caso de ser la mejor opción, un trato con la fiscalía para reducir la pena.
Si necesita un abogado penalista especialista en delitos de tráfico de drogas contacte con nosotros.